Uno de los elementos fundamentales del sistema de navegación nocturan es la luz de alcance. Esta luz es crítica para prevenir abordajes, ya que permite identificar correctamente el rumbo de la nave y su orientación relativa durante la noche o en condiciones de poco visibilidad.
Por lo tanto, la correcta instalación de la luz de alcance es una exigencia normativa fundamental para la seguridad en el agua.

El Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (RIPA/COLREG 1972) establece que la luz de alcance debe ser una luz blanca colocada en la popa mostrando un arco de horizonte de 135°, distribuidos a 67,5° de cada lado de la línea de crujía, de manera que resulta visible únicamente desde la parte posterior de la embarcación. Así permite que otras embarcaciones identifiquen con claridad la popa del buque y, por tanto, su dirección de desplazamiento.
La luz de alcance es obligatoria en embarcaciones a motor durante la noche y con visibilidad restringida en combinación con la luz de tope y las luces de costado. Para embarcaciones de recreo y menores, esta luz puede integrarse a una luz todo horizonte de 360°.
Para intalar correcatmente la liz de alcance, necesitas considerar:
Desde un aspecto técnico, esta luz tiene requisitos fotométricos definidos: su intensidad luminosa debe alcanzar:
Un mantenimiento adecuado, la verificación periódica de su sector de visibilidad y la sustitución inmediata ante fallos son prácticas indispensables para garantizar el cumplimiento normativo y, sobre todo, la seguridad al navegar de noche o con poca visibilidad.